A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Jose Farin Gongora Romero.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se desató el conflicto de competencias negativo suscitado entre la Sala Penal y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para conocer de la impugnación del fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en el sentido de que su conocimiento corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, conforme al Art. 32 del Decreto 2591 de 1991.
Por lo anterior, la Corte ordenó remitir el expediente a la Sala competente para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencias negativo suscitado entre la Sala Penal y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para conocer de la impugnacion del fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribual Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en el sentido de que su conocimiento corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, conforme al articulo 32 del decreto 2591 de 1991.
- SEGUNDO. Dejar sin efectos juridicos la orden contenida en el numeral 1o de la parte resolutiva de la providencia proferida el 12 de diciembre de 2000 por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual decreto la nulidad de la actuacion cumplida por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
- TERCERO. REMITIR el expediente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia y comunicar lo aqui decidido a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, para los fines legales pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.